Bienestar animal

Bienestar animal

- Control Veterinario Oficial
- Responsabilidades del operador
- El Encargado de bienestar animal
- Certificados de competencia
- PNT´S
- Incumplimientos
- Procedimientos ante no conformidades
- El Sacrificio Ritual

El reglamento (CE) Nº 1099/2009 relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza, establece el requisito general de que durante la matanza y las operaciones conexas a ella no se causará a los animales ningún dolor, angustia o sufrimiento evitable.
Para cumplir este requisito general, el reglamento incluye otros requisitos más específicos. Entre ellos, considerando su importancia, se pueden destacar dos: la exigencia de que los explotadores de los mataderos planifiquen de antemano la matanza de los animales y las operaciones conexas a ella, llevándolas a cabo aplicando procedimientos normalizados de trabajo (PNT) y la exigencia de controles para garantizar la eficacia del atordamiento previo al sacrificio, obligatorio en todos los animales, con la excepción de los sacrificios especiales por ritos religiosos.

El objetivo básico del bienestar animal en los mataderos es evitar causar a los animales dolor o sufrimientos evitables durante las operaciones propias de la descarga, estabulación, manejo y todas aquellas necesarias para un correcto sacrificio del animal.

Para cumplir estos objetivos se establecen unos criterios de actuación y responsabilidad tanto del propio operador económico como del Servicio Veterinario Oficial (SVO)

Con estos procedimientos de actuación, además de salvaguardar el bienestar animal, conseguiremos minimizar riesgos en la calidad e higiene de la carne.